Elementos esenciales y accidentales del contrato
Elementos esenciales y accidentales del contrato
Los elementos esenciales del contrato son los sujetos, el consentimiento, las partes, el objeto, la causa y la forma. Cada uno de ellos puede dar lugar a particularidades especiales del contrato y en consecuencia, a rasgos particulares de la obligación que nació del mismo. Aquí cada elemento es susceptible de ciertos vicos, de ciertas enfermedades típicas, que pueden contagiar la obligación resultante del contrato en cuestión.
Sujeto activo y sujeto pasivo. Dentro de los contratos, es evidente que los sujetos son elementos indispensables: para un acuerdo se necesitan, cuando menos dos o más personas, en el Derecho romano existía el principio de que los …ver más…
Los elementos accidentales son aquellos por los cuales los efectos del contrato se subordinan a un acontecimiento futuro por la naturaleza misma del contrato celebrado o por la voluntad expresa de las partes. Estos elementos son: el término designado en latin jurídico como dies, la condición y el modus o carga que se impone a una de las partes, además la accesio para la constitución de un adiectus solutionis gratia- persona encargada de cobrar. Los elementos accidentales del negocio no pugnan con el carácter de contrato, pero tampoco son indispensables para que el contrato corresponda a su típica función económico-social, es decir, son elementos que no están en contradicción con la causa en sentido objetivo, pero tampoco son una consecuencia ineludible de esta causa. Las partes están en libertad de introducir estos elementos accidentales en el contrato, pero si no dicen nada respecto a ellos, no se incorporan automáticamente al contrato, ya que no son naturalia negotii, sino accidentalia negotti o modalidades.
Las modalidades que menciona el derecho romano son varias figuras: pena convencional, prenda, fianza, hipoteca, deudores adicionales, lugar especial de cumplimiento, pero debido a su frecuencia y su problemática especial son tres las que alcanzaron mayor fama: el término, la condición y el modo.
La condición. Esta es un acontecimiento futuro y de realización incierta, del cual depende la entrada en vigor o la cancelación de los efectos de un