Conflictos funcionales y disfuncionales
CUAUHTÉMOC CÁRDENAS SOLÓRZANO, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 122, Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 67, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y con fundamento en los artículos 90 y 117, fracción V, del mismo Estatuto; 4º, 13, 20, 21 y 32, fracción V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del