Enseñanza para la transferencia
BOE núm. 21, de 24 de enero de 1968.
Art. 1
A los efectos de la presente Convención:
a) por "Jefe de misión" se entiende la persona encargada por el Estado acreditante de actuar con carácter de tal;
b) por "miembros de la misión" se entiende el Jefe de la misión y los miembros del personal de la misión;
c) por "miembros del personal de la misión" se entiende los miembros del personal diplomático, del personal administrativo y técnico y del personal de servicio de la misión;
d) por "miembros del personal diplomático" se entiende los miembros del personal de la misión que posean la calidad de diplomático;
e) por "agente diplomático" se entiende el Jefe de la misión o un miembro del …ver más…
2. Ninguna disposición de la presente Convención se interpretará de modo que impida el ejercicio de funciones consulares por la misión diplomática.
Art. 4
1. El Estado acreditante deberá asegurarse de que la persona que se proponga acreditar como Jefe de la misión ante el Estado receptor ha obtenido el consentimiento de ese Estado.
2. El Estado receptor no está obligado a expresar al Estado acreditante los motivos de su negativa a otorgar el asentimiento.
Art. 5
1. El Estado acreditante podrá después de haberlo notificado en debida forma a los Estados receptores interesados acreditar a un Jefe de misión ante dos o más Estados o bien destinar a ellos a cualquier miembro del personal diplomático, salvo que alguno de los Estados receptores se oponga expresamente.
2. Si un Estado acredita a un Jefe de misión ante dos o más Estados podrá establecer una misión diplomática dirigida por un encargado de negocio "ad interin" en cada uno de los Estados en que el Jefe de la misión no tenga su sede permanente.
3. El Jefe de misión o cualquier miembro del personal diplomático de la misión podrá representar al Estado acreditante ante cualquier organización internacional.
Art. 6
Dos o más Estados