efectos por cobrar
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÒN SUPERIOR
I.U.T. “PEDRO EMILIO COLL”
II TRIMESTRE DE ADMINISTRACION MENCION “CONTADURIA Y ADUANA”
SECCION “C” - TURNO “DIURNO”. AULA # 44
ESTADO – BOLIVAR
PROFESOR:
FAUSTINO AGUILERA.
AUTORES:
Rivera Flor María C.I 16.629.407
Castillo Yonni C.I 19.871.216
PUERTO ORDAZ, NOVIEMBRE 2013
INDICE
Pág.
INTRODUCCION…………………………………………………………….
1. EFECTOS POR COBRAR …………………………………….
2. EFECTOS POR COBRAR DESCONTADOS..………………
Se debita…………………………………………………………
Se acredita…………….…………………………………………
3. PROVISON PARA CUENTAS INCOBRABLES…….………
Cancelación Directa…………..……………………………….
Calculo……….…………………………………………………. …ver más…
Esto significa reconocer una deuda y comprometerse a cancelarla a su vencimiento o a la vista, se dice que es una Cuenta real de activo circulante. Esta cuenta la utilizamos para registrar lo que nos deben nuestros clientes. Estos activos están representados por letras de cambio, pagarés, etc., los cuales generalmente provienen de ventas a servicios a crédito hechos por la empresa a terceras personas, son documentos de mucho valor jurídicos, por cuanto se pueden hacer exigibles a la fecha de vencimiento o proceder a su cobro por vía judicial en una forma rápida, en otras palabras se originan de las ventas o de los servicios a crédito prestados por la empresa, los mismos se encuentran respaldados o abalados por documentos mercantiles de carácter negociable. 2. EFECTOS POR COBRAR DESCONTADOS Cuenta real complementaria de activo (Activo circulante), el saldo de la cuenta esta constituido por el valor nominal de los documentos que han sido entregados en descuento a una entidad financiera; es decir, se registran en estas cuentas los importes correspondientes a los efectos por cobrar que han sido negociados antes de su vencimiento, hasta la notificación de su liquidación por el deudor o su cargo por el Banco, como por ejemplo:
Se debita:
a) Por la comunicación de que los documentos descontados fueron pagados por los girados o cargados en cuenta por el Banco.
b) Al devolverse el efecto por el Banco al beneficiario,