Los Procedimientos de prueba del pago
El onus probandi (o carga de la prueba) es una expresión latina del principio jurídico que señala quién está obligado a probar un determinado hecho ante los tribunales.
El fundamento del onus probandi radica en un viejo aforismo de derecho que expresa que "lo normal se entiende que está probado, lo anormal se prueba". Por tanto, quien invoca algo que rompe el estado de normalidad, debe probarlo ("affirmanti incumbit probatio": a quien afirma, incumbe la prueba). Básicamente, lo que se quiere decir con este aforismo es que la carga o el trabajo de probar un enunciado debe recaer en aquel que rompe el estado de normalidad (el que afirma poseer una nueva verdad sobre un tema). …ver más…
En efecto, cuando el acreedor ha demostrado la existencia de la obligación, el deudor invoca una excepción cuando pretende haber ya cumplido: reus in excipiendo fit actor. “Recíprocamente, el que se cree liberado debe justificar el pago o el hecho que ha producido la extinción de su obligación”
Prueba
Para Francesco Carnelutti: Es aquella que no solo sirve para el conocimiento del hecho, sino también como la certeza o convicción que aquella proporciona, siendo en sentido amplio, un equivalente sensible del hecho que habrá de valorarse.
Para Giuseppe Chiovenda: Consiste en crear el convencimiento del juez sobre la existencia de los hechos en proceso, suministrando los medios para tal fin.
La carga de la prueba:
Para Parra Quijano, es una noción procesal que consiste en una regla de juicio, que le indica a las partes la auto – responsabilidad que tiene, para que los hechos que sirven de sustento de las normas jurídicas cuya aplicación reclaman, aparezcan demostrados y que le indican al juez como debe fallar cuando no aparezcan probados tales hechos. Es la distribución que el propio legislador hace del riesgo de la falta de prueba, de un hecho afirmado o incierto, de donde se concluye que el efecto de esa falta de prueba, ha de recaer en principio, sobre la parte que tenía la carga de aportarla