Inversiones con proposito de ejercer control y activos intangibles
Método de participación patrimonial
El método de participación patrimonial, consiste en ajustar permanentemente el valor de las inversiones hechas por la Casa Matriz, tan pronto como acontecen cambios en el patrimonio de la subordinada, siempre que se mantenga la inversión con carácter permanente para ejercer el control: Administrativo, económico o financiero.
Aplicación del método: “La obligación de aplicar el método de participación patrimonial nace del vínculo de subordinación y que en razón de que es un procedimiento contable, que debe ser tenido en cuenta como mínimo al cierre del ejercicio de la Matriz o controlante, es previo a la consolidación de estados financieros.”
Definición: …ver más…
Este valor será la base para que, siguiendo las reglas generales, durante el transcurso del período siguiente se continúen realizando los ajustes mensuales por inflación. (Supervalores, numeral 1.7, Circular Externa 001/96).
Dividendos: Las participaciones o dividendos recibidos de la filial que corresponda a períodos en los que se aplicó el método de participación, reducen el costo de la inversión si previamente los hubiesen afectado. En caso contrario, se reconocen como ingresos del período en el cual se decretan, generando los ajustes del caso en las cuentas de valorizaciones correlativas. (Supervalores, numeral 1.8, Circular Externa 001/96).
Pérdidas: Los decrementos en el patrimonio de la filial reducen el costo reconocido por la matriz, así como el saldo de las valorizaciones. Si las pérdidas superan uno u otras, la inversión se muestra a valor cero. Sólo se reconocen pérdidas adicionales cuando, con base en reglas legales, estatutarias o convencionales, la matriz no tuviere limitada su responsabilidad al monto de sus aportes.
Si posteriormente la filial obtiene utilidades, la matriz reinicia la utilización del método de participación en esas utilidades sólo después de que su participación en ellas sea igual a su participación en las pérdidas netas no reconocidas en ejercicio anteriores. (Supervalores, numeral 1.9, Circular Externa 001/96).
Aspectos Fiscales: Las utilidades o gastos derivados de la