Etica del abogado
Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano.
Es un Conjunto de disposiciones reglamentarias sobre la profesión de la abogacía. Enuncia las normas o principios éticos que deben inspirar la conducta de los matriculados en el colegio correspondiente. Persigue como fundamento último comprometer la actitud responsable de los profesionales para con la sociedad, la casa de estudios en la que se graduaron, las instituciones profesionales de las que forman parte, sus colegas y quienes requieran sus servicios.
Antecedentes en la Ley de Abogados y su Reglamento.
Primer Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano (1956).
Motivos de la reforma del Código de Ética. • Obligatoriedad: Artículo 1. Las normas …ver más…
Tema 9.-
Ley de Abogados y su Reglamento.
Artículo 1.- La profesión de abogado y su ejercicio se regirá por la presente ley y su Reglamento, los reglamentos internos y el código de ética profesional que dictare la Federación de Colegios de Abogados.
Las personas que hayan obtenido título de Procurador en conformidad con las leyes anteriores quedarán sometidas en el ejercicio de su profesión a dichas disposiciones, reglamentos y normas en cuanto le sean aplicables.
Ámbito de aplicación.
Artículo 2.- El ejercicio de la abogacía impone dedicación al estudio de las disciplinas que impliquen la defensas del derecho, de la libertad y de la justicia. No puede considerarse como comercio o industria y, en tal virtud, no será gravado con impuestos de esta naturaleza.
Los despachos de abogados no podrán usar denominaciones comerciales, y solo se distinguirán mediante el uso del nombre propio del abogado o de los abogados que ejercen en él, de sus causantes, o de los que habiendo fallecido hubiesen ejercido en el mismo, previo consentimiento de sus herederos, y la calificación de bufete, escritorio o despacho de abogados.
También se permitirá una denominación impersonal cónsona con la dignidad de la profesión.
No le está permitido a ningún abogado establecer en su escritorio o bufete actividades que por su naturaleza comercial puedan crear confusiones en cuanto al ejercicio profesional.
Artículo 3.- Para