El poder de una vision
En la mayoría de los casos las primeras ocupaciones de los predios anteceden la construcción definitiva de las viviendas y la introducción de infraestructura urbana y servicios. Los lotes generalmente tienen entre 90 y 200 m2, aunque en algunos casos la superficie es mayor. No se incluyeron en esta categoría las áreas urbanizadas antes de 1929.
Esta definición es independiente de la situación actual relativa a la propiedad del suelo, calidad de habitat o al perfil socio demográfico de la colonia.
Para clasificar las AGEBs correspondientes a Colonias Populares, se recurrieron a varias fuentes. En primer lugar, se partió de la clasificación de las AGEBs comprendidas en la cartografía censal de 1990, hecha en el estudio Escenarios Demográficos y Urbanos de la Ciudad de México (CONAPO 1998). Esta clasificación se verificó en base a interpretaciones aerofotogramétricas y cartográficas, recorridos, conocimiento de la ciudad, consultas y textos bibliográficos. Las áreas no contempladas en el estudio mencionado también se clasificaron de esta manera. El criterio para clasificar un AGEB, como en los casos anteriores, es su cobertura en un 50% o más de