Consecuencias ecologicas negativas
Ello es así, dado que todo litigio surge como consecuencia de una discrepancia en cuantos a los hechos y/o en cuanto al derecho aplicable a la situación controvertida. Sin …ver más…
De esta forma desaparece la posibilidad genérica de que el juez, razonándolo debidamente, aprecie la concurrencia de circunstancias excepcionales, que posibilitasen en cualquier caso la de no imposición de costas.
Este criterio del vencimiento total aparece matizado en el art. 394.1 de la LEC por la posible concurrencia de, "serias dudas de hecho o de derecho" que el tribunal aprecie, debiendo razonarlas. Su presencia posibilitará excluir el criterio general de imposición.
El art. 523 de la anterior LEC se refería a "circunstancias excepcionales" como causa de exclusión del principio general del vencimiento objetivo. Estas, eran interpretadas por la jurisprudencia como "circunstancias contrarias a lo normal, dignas de tenerse en cuenta, equitativas en razón al problema debatido, en fin moralmente justificativas de la discrecionalidad del juzgador para apartarse del régimen general''.
El art. 394 además de limitar estas ‘‘circunstancias" a lo que denomina ‘‘serias dudas de hecho o de derecho'' viene a interpretar su expresión anterior, disponiendo que para apreciar que el caso es jurídicamente dudoso se tendrá en cuenta la jurisprudencia recaída en casos similares.
Para aplicar esta excepción el Juez ha de valorar los tres conceptos siguientes:
"dudas", el caso no podrá presentarse claro desde el punto de vista fáctico o jurídico,
‘‘serias", la falta de claridad ha de ser importante y trascendente en sí misma y