demanda declaracion de union marital de hecho mortis causa
JUEZ FAMILIA DE BOGOTÁ (REPARTO)
E. S. D.
JUAN CARLOS MARTINEZ QUIROGA mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía No 80.008.310 de Bogotá abogado en ejercicio con Tarjeta Profesional No. 215412 del CSJ, actuando en uso del poder conferido por la Sra MARÍA CRISTINA SERRANO VARGAS igualmente mayor de edad y vecina de esta ciudad identificada con cedula de ciudadanía 52.473.644, quien obra como compañera permanente y socia patrimonial del señor HÉCTOR DARÍO PRIETO GUZMÁN ya fallecido, con todo respeto impetro ante su despacho demanda de declaración de unión marital de hecho, entre los compañeros permanentes MARIA CRISTINA SERRANO VARGAS y HECTOR …ver más…
SEGUNDA: Que en caso de oposición, se condene en costas a los demandados.
HECHOS
PRIMERO: Mi poderdante Sra MARIA CRISTINA SERRANO VARGAS y el hoy fallecido Sr HÉCTOR DARÍO PRIETO GUZMÁN, iniciaron una unión marital de hecho desde el día 28 de Diciembre de 2007 la cual perduró hasta el día 02 de Octubre de 2012, día en que el Sr Héctor Darío Prieto Guzmán falleciera, manteniendo así una convivencia ininterrumpida por más de cuatro años.
SEGUNDO: Dentro de la unión marital de hecho fue procreado el menor Anderson Nicolás Prieto Serrano, nacido el día 06 de Enero de 2011.
TERCERO: Los compañeros permanentes no celebraron capitulaciones.
CUARTO: Dentro de la Unión Marital de Hecho anteriormente descrita, se construyó un patrimonio social integrado así: Un vehículo automotor tipo camioneta SUPERCARRY de placas SPP785 de Cota Cundinamarca.
Un vehículo automotor tipo motocicleta marca HONDA de placas PTM86C de Bogotá.
El 50% de un contrato de Leasing con la compañía GIROS Y FINANZAS COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO S.A mediante el cual se adquirió una camioneta marca CHEVROLET N300 de placas TGK996 de Cota Cundinamarca.
DERECHO Fundamento la presente solicitud en las siguientes normas. Artículo 5. de la Ley 979 de 2005 que modifico el art. 5 de