Tipos de fé publica notarial
ORIGINARIA-. Este tipo de fe se presenta cuando el hecho o el acto se debe dar fe fue percibido por los sentidos del notario (visus audito suis sensibus) eje: certificación de hechos.
DERIVADA.- Consiste en dar fe de hechos o escritos de terceros, aquí el no ha percibido sensorialmente al acaecer del hecho o el otorgamiento del acto que plasmará en su protocolo. Ejemplo: el notario protocoliza el acuerdo del Consejo de administración de una sociedad anónima, otorgándole poderes a un tercer o diligencias de apego y deslinde.
CLASES DE FE PÚBLICA:
La fe pública es única y el Estado la ejerce por si mismo o la delega a servidores públicos o a particulares.
FE PUBLICA NOTARIAL.- Es la fe delegada a los notarios, …ver más…
FE PUBLICA CONSULAR.- La tienen los cónsules, en los casos en que la ley les permite dar fe pública como notarios respecto a actos que pueden tener efectos en territorio nacional, (legalización de firmas puestas en documentos públicos extranjeros, otorgamiento de poderes, testamentos, repudios de herencia, etc.) Tienen facultades de actuar en protocolos abiertos (sin previa encuadernación)
El embajador no tiene la fe pública, la tiene el cónsul, articulo 69 ley reglamentaria del servicio exterior mexicano.
Fe publica administrativa.- Es aquella atribuida al poder ejecutivo, que ejerce a través de las secretarias de estados, y que por técnica legislativa se les concede habitualmente a los oficiales mayores de cada una de ellas.
Está limitada a los actos internos de las Secretarías de Estado, y que por técnica legislativa se les concede habitualmente a los oficiales mayores de cada una de ellas. Está limitada a los actos internos de las secretarias y se ejerce con base en certificaciones (ejem: el oficial Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria puede certificar que un título agrario se encuentra en sus archivos, o que una copia es una reproducción fiel.)
FE PUBLICA MARITIMA.- Se deposita en el capitán del buque para casos especiales como nacimientos, matrimonios, etcétera, que se den a bordo de una embarcación, pero sólo se puede ejercer en alta mar.
FE PUBLICA DEL