Tabla de servicios profesionales enfermeria
REGLAMENTO Nº 2343 DEL 10/08/2010
COLEGIO DE ENFERMERAS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del Colegio de Enfermeras de Costa Rica
Considerando:
Que de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, número 2343, en su artículo 11, del 4 de mayo de 1959, así como lo prescrito en el artículo 12 del Reglamento a la Ley Nº 2343 de creación del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, Decreto Ejecutivo número 34052-S, del 26 de julio del 2007, corresponde a la Junta Directiva del Colegio de Enfermeras de Costa Rica elaborar la “GUÍA DE HONORARIOS PARA PROFESIONALES EN ENFERMERÍA DE PRÁCTICA LIBERAL”, aplicables al cobro de servicios profesionales que …ver más…
b.- Guía: La presente “GUÍA DE HONORARIOS PARA LA PRACTICA LIBERAL DE LOS PROFESIONALES EN ENFERMERÍA”
c.- Asociado: Profesional vinculado de hecho o derecho con otro profesional para prestar servicios profesionales a favor de un cliente de aquél.
d.- Colegiados: Miembros del Colegio de Enfermeras y Enfermeros de Costa Rica en ejercicio profesional activo y no suspendidos.
e.- Colegio: Colegio de Enfermeras de Costa Rica según la Ley Nº 2343
f.- Comisión: Comisión de Aranceles del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.
g.- Cliente: persona física en su condición personal, o a quien bajo cualquier condición o calidad a nombre de una persona jurídica pública o privada, solicite o se beneficie con los servicios profesionales, independientemente de la forma o modalidad de requerimiento.
h.- Honorarios: Retribución o pago en dinero por servicios profesionales.
j.- Junta Directiva: Junta Directiva del Colegio de Enfermeras de Costa Rica.
k.- Servicios Profesionales: Servicios de enfermería, servicios de capacitación en enfermería, servicios de asesoría en enfermería, entre otros.
n.- Tarifas: se refiere a retribución pecuniaria a cobrar por servicios profesionales establecidos en este Reglamento, pueden ser del tipo mínimo, del tipo máximo o por hora profesional.
CAPÍTULO II
De los honorarios y de la contratación
Artículo 3º—Pago de honorarios. Al profesional deben cancelársele sus honorarios en las oportunidades que corresponda