Resumen decreto 1011
DECRETO NÚMERO 1011 DE 2006
3 DE ABRIL DE 2006
Por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de calidad de la atención de salud del Sistema General de la Seguridad Social en Salud.
Las disposiciones del presente decreto se aplicaran a los prestadores de servicios de salud, las entidades promotoras, las administradoras del régimen subsidiado, las entidades adaptadas, las empresas de medicina prepagada y a las entidades departamentales, distritales y municipales de salud. Excepto las instituciones del sistema de salud pertenecientes a las fuerzas militares y a la policía nacional, las cuales podrán acogerse de manera voluntaria al SOGCS y de manera obligatoria, cuando quieran ofrecer la …ver más…
3. ENTIDADES DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES DE SALUD: Cumplir y hacer cumplir en sus respectivas jurisdicciones las disposiciones establecidas en el presente decreto y en la reglamentación que para el efecto expida el ministerio de la protección social. 4. ENTIDADES MUNICIPALES DE SALUD: Brindar asistencia técnica para implementar la auditoria para el mejoramiento de la calidad de la atención de salud en los prestadores de servicios de salud de su jurisdicción y la población no afiliada.
TITULO III
CAPITULO I
SISTEMA UNICO DE HABILITACIÓN.
Conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el sistema.
HABITLITACIÓN DE PRESATDORES DE SERVICIOS DE SALUD. * Condiciones de capacidad tecnológica y científica: Son los estándares establecidos por el ministerio de protección social las entidades departamentales y distritales de salud podrán hacer propuestas al ministerio de protección social pero estas exigencias deberán contar con la aprobación previa de este ministerio. Los profesionales independientes que prestan servicios de salud, solo estarán obligados a cumplir con las normas relativas a la capacidad tecnológica y científica. * CONDICIONES DE SUFICIENCIA PATRIMONIAL Y