Pueblo v. Medina Hernandez
* Habiendo sido debidamente advertida de sus derechos, Lillian procedió a dar una segunda versión, no sin antes solicitar que su padre abandonara la oficina, quedándose entonces en compañía de su tía Felipa. Esta vez Lillian señaló que en junio del año 2000 ella había sustraído una tarjeta de la cartera de su padre y había retirado la cantidad de seiscientos dólares ($600.00), con los cuales pagó a Ezer Muñiz para que éste matara a sus progenitores, entiéndase su padre y su madre. Explicó que en cierta ocasión había recriminado a Ezer por no haber realizado su cometido y que la noche de los hechos había dejado la puerta de su casa abierta y había entregado a Ezer una toalla. * El Fiscal Esparra se comunicó con el Fiscal de Distrito de Aguadilla, Luis A. Pérez Cabán, y acordaron ofrecer inmunidad parcial a la acusada a cambio de su testimonio en contra de Ezer; esto es, se reclasificaría el delito a uno de asesinato en segundo grado. Previo a ello procedió a explicarle por tercera ocasión, y en presencia de su padre y de su tía, el derecho que tenía a no incriminarse con su propio testimonio y a estar asistida de un abogado. Además, le preguntó sobre cómo se sentía y si alguien la había amenazado, coaccionado o intimidado a lo cual la joven contestó en la negativa. * Mientras esto sucedía, la agente Souchet se dirigió a la casa de Ezer y lo condujo al cuartel. Una vez allí, luego de haberle hecho las advertencias de ley, ésta le explicó al joven que