Principio de Irrevocabilidad de los Actos administrativos
La Sala Tercera, a través de vasta jurisprudencia se ha referido al principio de irrevocabilidad de los actos administrativos, en base al cual los actos administrativos que reconocen u otorgan derechos subjetivos a favor de particulares no pueden ser revocados de oficio por la administración pública. Este principio cardinal del Derecho Administrativo, sin embargo, no tiene un carácter absoluto, pues, tanto la doctrina como diversas legislaciones admiten la posibilidad de que la administración, ante supuestos fácticos excepcionales, revoque de oficio sus propias decisiones. El tratadista Miguel Marienhoff, por ejemplo, alude a uno de estos supuestos fácticos al indicar que los …ver más…
La misma norma exige como formalidad previa a la expedición del acto revocatorio, el concepto previo ("antes de la adopción de la medida") del Personero Municipal, del Fiscal de Circuito o del Procurador o Procuradora de la Administración, según se trate de un acto de alcance municipal, provincial o nacional, respectivamente.
Frente al carácter