La vista de la causa
a) En Cuenta: En este caso, el tribunal falla con el sólo mérito de la cuenta que hace el relator (ej: Recurso de Apelación de Sentencia Interlocutoria.)
b) Previa Vista de la Causa: A diferencia del anterior, en este caso, el conocimiento del asunto se obtiene tras seguir un procedimiento complejo, compuesto de una serie de …ver más…
El relator debe especialmente dar cuenta de los aspectos esenciales del proceso. Además, la ley obliga al relator a dar cuenta de toda omisión sustancial que note en el proceso, así como, de las faltas disciplinarias que observe. Hasta hace poco tiempo, la relación constituía una actuación secreta, pero hoy se ha flexibilizado y los abogados también pueden escucharla (secreto relativo). vii. Alegatos: “Son las defensas orales que pueden hacer los abogados habilitados para el ejercicio de la profesión ante los Tribunales Superiores de Justicia” Se dice que son orales porque está expresamente prohibido leer. Además de los abogados, se permite alegar a los postulantes de la Corporación de Asistencia Judicial. Normalmente duran 30 minutos y alega primero el recurrente. Finalizadas las exposiciones, pueden hacerse rectificaciones de hecho, y la sala puede solicitar a los abogados que se refieran a puntos específicos. Concluidos los alegatos, termina la vista de la causa, pudiendo esta ser fallada de inmediato por la Corte, o dejar su decisión en acuerdo, ya sea por necesidad de solicitar medidas para mejor resolver, informes en derecho, o simplemente para proceder a un mejor estudio de la causa o a la redacción del fallo. 8. Acuerdos de las Cortes de Apelaciones: A fin de precaver incidencias en el examen de los antecedentes del proceso, así como, de evitar discrepancias sobre el pronunciamiento del fallo, nuestro Código Orgánico de Tribunales consagra