Funciones de la rama judicial de colombia
Artículo 228: La administración de la justicia es función pública. Sus decisiones son independientes. Las actuaciones serán públicas y permanentes con las excepciones que establezca la ley y en ella prevalecerá el derecho sustancial. Los términos procesales se observarán con diligencia y su incumplimiento será sancionado. Su funcionamiento será desconcentrado y autónomo.
La rama judicial se compone de entidades como: La Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Corte Constitucional, Fiscalía General de la Nación, y Consejo Superior de la Judicatura y cada uno de estos debe cumplir con unas funciones.
Corte Suprema de Justicia: es el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria y se compondrá del número …ver más…
(Art. 239)
A la Corte constitucional se le confía la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, en los estrictos y precisos términos de este articulo. Con tal fin, cumplirá las siguientes funciones:
1. Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la Constitución, cualquiera que sea su origen, solo por vicios de procedimientos en su formación.
2. Decidir, con anterioridad al pronunciamiento popular, sobre la constitucionalidad de la convocatoria a un referendo o a una asamblea constituyente para reformar la Constitución, solo por vicios de procedimiento de formación.
3. Decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las consultas populares y plebiscitos del orden nacional. Estos últimos solo por vicios de procedimiento en su convocatoria y realización.
4. Decidir sobre las demandas de inconstitucional que presenten los ciudadanos contra las leyes, tanto por su contenido material como por vicios de procedimiento de formación.
5. Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra los decretos con fuerza de ley dictados por el, gobierno con fundamento en los artículos 150, numeral 10 y 341 de la Constitución, por su contenido material o por vicios de procedimiento de formación.
6. Decidir sobre las excusas de que trata el artículo 137