Fallo Atala
1. Cuál es el alcance del ámbito de privacidad de las personas según nuestro Máximo Tribunal en los casos estudiados?.
1.1. A la luz de los principios, valores y garantías constitucionales consagrados en nuestro sistema cabe la posibilidad de diferenciar:
a. Respecto de quiénes? (menores y diferencias etarias dentro de la minoridad, adultos, personas que viven solas o con familiares a cargo, personas con obligaciones institucionales de acuerdo a su función, etc.).
b. Los distintos contextos en que se desarrolla el acto presuntamente privado y como tal y en principio “exento de la autoridad de los magistrados”.
c. En materia de exteriorización de nuestras conductas, considera usted que ¿todos debemos …ver más…
El Art. 19 de la CN impide al legislador prohibir conductas que se desarrollan dentro de la esfera privada. Este ámbito de reserva no solo se refiere a las acciones que se realicen en la “intimidad”, sino que alcanza también a todos los actos realizados en público que no perjudiquen a terceros.
c). Analizando la exteriorización de nuestras conductas, entendemos que ello se refiere al modo en que expresamos nuestro accionar, emitimos valores, sentimientos y así una gran variedad de formas en que se puede presentar.
Ya hemos dicho que le derecho a la privacidad traspasa las barreras del ámbito domiciliario, y se lleva en si mismo en cada individuo, en donde se desarrolle como tal en sus diferentes esferas, ya sea familiar, profesional, social, etc.
Así se puede establecer que el trato igualitario que estas conductas merecen dependerá de las circunstancias en que sean factibles de producirse. Se podría decir que hay relatividad en el trato igualitario en materia de exteriorización de conductas, ya que se evaluaran dependiendo de: el tipo de conducta en cuestión en relación con el autor de la misma.
El análisis de esto