Evolucion Historica Del Derecho De Sucesiones

7208 palabras 29 páginas
INTRODUCCIÓN

La muerte constituye una constante preocupación para muchos de nosotros, nos preguntamos si existe o no una vida espiritual, sin embargo aún cuando nosotros dejemos de existir, la vida para los nuestros continuará, y esta afirmación es probablemente una de las razones por las que se regula el derecho a suceder.
La muerte provoca como consecuencia natural e inevitable, la desaparición física de la persona. Supone, por lo tanto, la extinción de la personalidad jurídica que se le atribuye al sujeto de derechos. Y en consecuencia, ha sido siempre la barrera que ha puesto fin a las relaciones existentes entre los sujetos de derecho, que ya no están con nosotros. Siendo la gran tarea, el establecer cual habrá de ser el destino,
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En Roma, se negaba la desaparición del fallecido como entidad de derecho y establecía su prolongación mediante la continuidad de su persona por el heredero. Este y aquél son una misma persona, de modo que la vacante dejada por el muerto es ocupada instantáneamente por el sucesor.

Los germanos decían que la sucesión era una suerte de posesión combinada con dominio que a la muerte del jefe de familia era continuada por sus herederos de sangre. El heredero adquiría los bienes en mérito a esa copropiedad preexistente es que éste resultaba un sucesor en los bienes, sin necesidad de acudir al artificio de la continuación de la persona. El patrimonio transmitido no se confunde con los bienes personales del heredero y, por tanto, él no está obligado personalmente por el pasivo hereditario: su responsabilidad se reduce a responder exclusivamente con lo que ha recibido.

Es así como van surgiendo leyes sucesorias, respondiendo a estratos sociales y económicos, intereses individualistas, que llevan al reconocimiento del derecho del hombre a disponer de sus bienes en vida y después de su muerte.
Al desarrollo e individualización de la sociedad, se mantiene el respeto de la voluntad del propietario de los bienes, aceptando el orden sucesorio, cuyo pilar importante es la libertad del causante, pero en el trasfondo aun se mantiene el pensamiento jurídico, que emana de roma, la integridad

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