El origen de la especie humana
En la doctrina mexicana encontramos a Martha Chávez Padrón y define al derecho agrario como el conjunto de normas que se refieren a lo típicamente jurídico, enfocado hacia el cultivo del campo, y al sistema normativo que regula todo lo relativo a la organización territorial rustica y a las explotaciones que determine como agrícolas, ganaderas y forestales. Antonio luna dice que es la rama que se ocupadle orden jurídico regulados de los problemas de la tenencia de la tierra las diversas formas de propiedad y la actividad agraria que rige las relaciones de los sujetos que intervienen en las mismas Lucio Mendieta y Núñez por su parte afirman que el derecho agrario es el conjunto de normas, leyes, reglamentos y dispociones en general, doctrina y jurisprudencia, que se refieren a la propiedad rustica y a las explotaciones de carácter agrícola. Es una rama Derecho Social, que consiste en un conjunto de normas jurídicas que van a regular todas las relaciones derivadas del campo2. 1
Es aquel que regulan la actividad que se refieren a las actividades agrícolas. El derecho agrario es el conjunto de normas jurídicas que lo integran, conforman un apartado especial, autónomo, con relación a otras