Derecho De Acrecer
5.13 Fundamento.
5.14 Causas.
5.15 Requisitos.
5.16 Efectos.
5.17 Diferencia del derecho de acrecer Entre herederos y legatarios
El derecho a acrecer es la facultad que se da en Derecho de sucesiones a los demás herederos a acrecentar su herencia añadiendo parte de la de otro heredero que previamente renunció a tomar su parte. En ese caso, el porcentaje de la herencia que no ha sido aceptado deberá repartirse entre el resto de herederos.
El derecho a acrecer es la facultad legal de los herederos a acrecentar su herencia, mediante el reparto de lo que correspondería a otro heredero que previamente renunció a tomar su parte.
Cuando se ejercer el derecho de acrecer, el porcentaje de la herencia …ver más…
Artículo 950. La disposición del artículo 945, referente a las obligaciones a que estaría sometido el coheredero que falte, se aplicará también al colegatario en cuyo provecho sea procedente el derecho de acrecer, y al heredero o al legatario, a quienes sea beneficiosa la caducidad del legado.
C.C 1.010 coherederos, pago de deudas.
Requisitos: Para que tenga lugar el derecho de acrecer entre los coherederos, es necesario que en una misma disposición testamentaria sean llamados conjuntamente dos o más herederos. Así pues, si en un primer testamento se instituye “A” y en uno posterior que no revoque al primero se instituye “B”; es indudable que no se da el supuesto por falta de unidad de la institución y por tanto no procede el derecho. Lo mismo ocurre se en el mismo testamento se disponen instituciones diferentes; por ejemplo, si el testador expresa que instituye heredero a “A” y “B”; en cuyo caso se entiende guiado por un solo y único objetivo y si es procedente el derecho de acrecer. Tampoco obra el derecho de acrecer si el testador ha hecho distribución de cuotas; pues en este caso cada heredero es instituido por la parte que se le asigna. “la designación de partes se juzga hecha solo en el caso que el testador haya indicado expresamente una cuota para cada uno. La simple expresión por iguales partes u otras semejantes, no excluyen el derecho de acrecer”. Es preciso también que haya una porción vacante por