Cancelacion de los titulos de credito
RESUMEN
PROCEDIMIENTO DE CANCELACIÓN
La pérdida de un titulo de crédito por extravió, robo, destrucción, mutilación o deterioro graves, se refiere concretamente al principio de incorporación y da lugar a procedimientos de reivindicación o cancelación, y en este último caso a su pago, reposición o restitución, que se transmiten en jurisdicción voluntaria o contenciosa según los casos y conforme a las disposiciones de carácter general de los artículos 42-68 de la LTOC. Se trata de disposiciones legales, de lo que podríamos llamar derecho procesal cambiario, mediante las cuales el que sufra el extravío o el robo de un titulo nominativo, puede reivindicarlo o pedir su cancelación y en este último caso, …ver más…
45 de la LTOC):
I.-Decretara la cancelación del título, y autorizara al deudor principal, y subsidiariamente a los obligados en vía de regreso designados en la demanda, a pagar el documento al reclamante, para el caso de que nadie se presente a oponerse a la cancelación dentro de un plazo de sesenta días, contados a partir de la publicación del decreto en los términos de la fracción III, o dentro de los treinta días posteriores al vencimiento del título, según que este sea o no exigible en los treinta días que sigan al decreto;
II.-Ordenara, si así lo pidiere el reclamante, y fuere suficiente la garantía ofrecida por él en los términos del artículo anterior, que se suspenda el cumplimiento de las prestaciones a que el titulo de derecho, mientras pasa a ser definitiva la cancelación, o se decide sobre las oposiciones a esta;
III.-Mandara que se publique una vez en el "diario oficial" un extracto del decreto de cancelación y que dicho decreto y la orden de suspensión se notifiquen: a) Al aceptante y a los domiciliatarios, si los hubiere; b) Al girador, al girado y a los recomendatarios, si se trata de letras no aceptadas; c) Al librador y al librado, en el caso del cheque; d) Al suscriptor o emisor del documento, en los demás casos; y e) A los obligados en vía de regreso designados en la demanda;
IV.- prevendrá a los suscriptores del