Articulo 77 numeral 7 constitución política del Ecuador
a) Ser informada, de forma previa y detallada, en su lengua propia y en lenguaje sencillo de las acciones y procedimientos formulados en su contra, y de la identidad de la autoridad responsable de la acción o procedimiento.
El estado ecuatoriano reconoce al castellano, el Kichwa y el Shuar pero para poder entender los procedimientos judiciales iniciados en su contra debe hacérselos conocer en su leguaje para poder entender y realizar su derecho a la legítima defensa; en casos en que el imputado habla un idioma diferente al del Tribunal como es el caso de los extranjeros se debe proporcionar asistencia de un traductor o …ver más…
Ya que el derecho a guardar silencio no debe considerarse como aceptación tácita de su intervención de lo que se lo investiga o se lo acusa pues sería absurdo pensar que sería indicio de culpabilidad como pensaban los antiguos inquisidores; pues, no se debe aplicar el proverbio “el que calla otorga”, de ninguna manera, más bien hay que pensar que al no declarar se sigue presumiendo su inocencia, mientras no se pruebe lo contrario.
El estado garantiza el derecho al silencio ya que si el estado le otorga el derecho a defenderse también lo puede hacer callando; el procesado puede abstenerse de rendir su declaración, es decir que nadie ni el juzgador tiene la facultad de obligarle al acusado a rendir su declaración, si este de manera expresa dice que se acoge al derecho al silencio, forzarle a rendir su declaración sería una violación al debido proceso, siendo su consecuencia esa prueba al haber sido obtenida incumpliendo la norma legal y constitucional, carece de eficacia probatoria, consecuentemente el juzgador no está facultado en este caso a valorarla, sino más bien al declarará sin valor jurídico.
Por lo establecido, el derecho al silencio es el pilar fundamental del debido proceso y de gran utilidad cuando hay cercanas pruebas para desmentir la prueba de la parte contraria.
c) Nadie podrá ser forzado a declarar en contra de sí mismo, sobre asuntos que puedan ocasionar