Adfa
Locacion: Es cuando dos partes se obliguen recíprocamente, la una a conceder el uso o goce de una cosa, o a ejecutar una obra o a prestar un servicio, y la otra a pagar por este uso, goce, obra o servicio un precio determinado en dinero. A) De Cosa: Cuando una persona se obliga a realizar una cosa y la otra a pagar el precio. B) De Obra: Una persona le paga a la otra para que realice una Obra (Ej: Arquitecto). C) De Servicio: Tiene lugar cuando una de las partes se obliga a prestar un servicio, y la …ver más…
Contrato: Es el acto jurídico bilateral destinado a crear obligaciones. Elementos de Contrato: Capacidad, Consentimiento, Objeto, Forma. Caract. Contrato: Bilateral: Requiere del consentimiento unánime de dos o mas personas. Entre vivos: No depende del fallecimiento de aquel de cuya voluntad emana. Patrimonial: Tiene un objeto susceptible de apreciación pecuniaria. Causado: La causa fin es uno de sus elementos estructurales.
Locacion: Cuando dos