Formas de adquirir el nombre.
Facilitador:
Lic. Lizardo Paniagua Villaseca
Materia:
Derecho civil 1
Participante:
Alejandra García cuevas
Matricula:
13-2412
Desarrollo.
El nombre:
Según Henry, León y Jean, Mazeaud (.122), " el nombre es el vocativo con que se designa a una persona."
Se llama vocativo a las palabras que sirven para invocar o llamar a una persona cuando nos dirigimos a ella.
De lo anterior se puede definir que el nombre es la palabra que se usa para llamar a alguien y diferenciarlo frente a los demás.
El nombre de las personas físicas o morales se constituye por el apellido o nombre de familia, nombre propio; además por el seudónimo y el sobre nombre.
El …ver más…
De la teoría de Aubry y Raúl resultan tres caracteres:
El patrimonio es una universidad jurídica.
El patrimonio esta unido a la persona.
Solos los derechos pecuniarios figuran en el patrimonio.
Noción clásica del patrimonio.
Conforme a la teoría de Aubry y Raúl, los derechos patrimoniales solo comprenden de derechos pecuniarios: sin embargo los hermanos Mazeaud (P.443) critican la teoría de los citados autores, destacan que no existe razón alguna para excluir del patrimonio de una persona los derechos pecuniario de que sean titular." Estos consideran que numerosos derechos de la personalidad tienen, por otra parte, influjo pecuniario; por ejemplo, el derecho a la filiación lleva consigo derecho a los alimentos, derechos de sucesión. Por otro lado la sucesión de esos derechos originan una acción de daños y perjuicio; se traduce pues en una suma de dinero.
La capacidad.
De los atributos de la personalidad uno de los mas importante es la capacidad, y consiste en la aptitud que posee para ser titular de derechos y obligaciones.
Según establece el artículo 1123 del código civil de la república dominicana: toda persona puede contratar si no ha sido declarada incapaz por la ley". De dicho principio se deduce que la capacidad constituye la regla y la incapacidad la excepción, ya que todas las personas, físicas o morales, en principio, tiene plena capacidad desde que adquieren la personalidad jurídica.