Constitución política de los estados unidos mexicanos. (antes de la reforma*) Constitución política de los estados unidos mexicanos. (después de la reforma*) Constitución política del Estado de México. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La denominación del Capítulo I del Título Primero de la Constitución cambia, dejando atrás el concepto de “garantías individuales”. Art. 1o.- En los estados unidos mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta
racionalizar el ejercicio del poder político, sometiéndolo a la ley. Pretensión que equivale a transformar la fuerza, la coerción, en una facultad regulada por normas jurídicas. O, con más precisión: llegar a un punto en que quienes gobiernan solo pueden actuar cuando la ley los autoriza, de la manera, con los efectos y para los fines en ella previstos, dado el supuesto de que también los gobernados únicamente pueden obrar dentro de la ley”. AUTOCRACIA: es básicamente
presentaron, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sendas acciones de inconstitucionalidad impugnando las reformas. Este número de la Colección Temas para el debate pretende recuperar las acciones de diverso tipo que se sucedieron mientras la Corte analizaba los razonamientos expuestos, tanto por los que impugnaban la ley, como por quienes la
Anna el cual se proclamó en 1853 presidente vitalicio y se hizo llamar “Su Alteza Serenisisima” La reforma: las leyes de Reforma y la Constitución de 1857 En 1854, Juan Álvarez e Ignacio Comonfort proclamaron el plan de Ayutla. Este no era el primer intento de los liberales para introducir reformas. Las medidas mas trascendentales fueron la Ley Juárez la cual le puso fin al fuero militar, y la Ley Lerdo que prohibió a las corporaciones tener bienes y los obligó a venderlos. En febrero de 1857 se
DEL COMERCIO EXTERIOR REFORMA HACENDARIA 2014 Lic. Gilberto Sierra Alumnos: Alejandra Arizpe Hermosillo Valeria Benavides Becerra Missael Antonio Campos Díaz Gabriela Castillo Gómez Monterrey, N.L. 2013 REFORMA HACENDARIA 2014. La reforma hacendaría 2014, empezó como una propuesta iniciada en este año; conforma parte de las nuevas reformas de la actual administración, encabezada por el presidente Enrique Peña Nieto. Esta reforma fue presentada el 8 de
LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES, PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA FEDERAL Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Centro de Documentación, Información y Análisis Última Reforma DOF 25-06-2003 LEY PARA EL TRATAMIENTO DE MENORES INFRACTORES, PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA FEDERAL Nueva Ley publicada en el Diario Oficial
la época de la Reforma de 1918 Materia: Introducción a la Vida Universitaria Grupo: Fondo Económicas Índice Página Introducción………………………………………………………… 3 Desarrollo………………………………………………………….. 4 Contexto Político…………………………………………… 4 -La ley Sáenz Peña……………………………………….. 5 -La Unión Cívica Radical………………………………….. 6 -El Gobierno Radical y la Reforma Universitaria………
política en que se vive pienso que se equivocaron en la forma como fue expatriado el presidente, se rompió el orden constitucional, no se llevo a cabo los procedimientos según la ley corresponde. Artículo 4: el estado se ejerce mediante tres poderes, pero cuando conviene cada poder se encarga de establecer leyes o reformas de acuerdo a la conveniencia de los dueños de producción. Artículo 5: en este artículo tal vez no se sustento el depuesto presidente,
modernos, no podemos ignorar que siempre ha existido un marcado interés por el estudio de los derechos extranjeros tanto en países extranjeros como en nuestro país. La mayoría de los comparatistas están de acuerdo en afirmar que la redacción de las leyes de Solon y de las Doce Tablas fueron precedidas por investigaciones propias del Derecho Comparado. Con éste pequeño aclarando inicio mi trabajo que lejos de se una investigación profunda es mas bien un modesto análisis descriptivo de la
CAUSAS DE REFORMA LIBERAL En diciembre de 1856, el papa Pío IX se pronunció en contra de la nueva redacción, censurando la Ley Juárez y su antecedente, la Ley Lerdo: "Se quita todo privilegio del fuero eclesiástico; establécese que nadie pueda gozar absolutamente de emolumentos que sean una carga grave para la sociedad; prohíbese a todos que puedan ligarse con alguna obligación que implique ora un contrato, ora una promesa, ora votos religiosos; admítese el libre ejercicio de todos los cultos, y