Tema I Reglamentación Administrativa
1.1 CONCEPTO GENÉRICO DE REGLAMENTO.
Es una norma jurídica de carácter general dictada por el poder ejecutivo. Su rango en el orden jerárquico es inmediatamente inferior a la ley, y generalmente la desarrolla.
Su dictación corresponde tradicionalmente al Poder Ejecutivo, aunque los ordenamientos jurídicos actuales reconocen potestad reglamentaria a otros órganos del Estado.
Por lo tanto, según la mayoría de la doctrina, se trata de una de las fuentes del Derecho, formando pues parte del ordenamiento jurídico. La titularidad de la potestad reglamentaria viene recogida en las constituciones.
Concepto y posición ordinamental del reglamento:
Concepto: toda la norma …ver más…
• Irretroactividad: es discutible. Mientras unos admiten que si el reglamento así lo disponen sus normas tendrá carácter retroactivo.
Procedimientos para la elaboración.
También supone un límite la obligación de seguir un determinado procedimiento ya que se trata de una exigencia constitucional.
• Se inicia con la formación de un expediente que debe de incluir los antecedentes, el texto se somete a la decisión del órgano titular de la potestad reglamentaria, debe incluirse una especificación de las disposiciones anteriores que se van a derogar o que permanecen en vigor.
• Debe someterse el proyecto a informe de la secretaria general técnica del ministerio correspondiente, exigiéndosele el dictamen del ministerio para las administraciones públicas en caso de relativos a organización, personal o de procedimiento administrativo.
• Si la disposición afecta a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, se les dará audiencia en un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles.
• Las que deben ser aprobadas por el gobierno o sus comisiones delegadas se remitirán con ocho días de la antelación a los demás ministros convocados, con objeto de formular las observaciones.
En cuanto a los reglamentos y ordenanzas locales:
• Aprobado el proyecto por el pleno se somete a información pública y audiencia de los interesados, plazo mínimo de treinta días, para la reclamación o sugerencias.
• Se aprueba por el