Sunass
La SUNASS asumió todas las funciones de la Dirección de Saneamiento Básico la que fuera creada por el Decreto Legislativo No. 574 y transferida al Ministerio de la Presidencia mediante Decreto Ley No. 25738, con la cual la citada Dirección quedo desactivada. Están comprendidas en el ámbito de la Superintendencia todas las personas naturales y las entidades públicas o privadas que brinden servicios de saneamiento.
La Superintendencia a partir de la vigencia de su Ley General conto para su funcionamiento, con la contribución que mensualmente debieron abonarle todas las instituciones públicas o privadas prestadoras de servicios de saneamiento, por concepto de fiscalización. De igual manera la SUNASS tiene entre facultades tales como la autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera, cuya función es normar, regular, supervisar y fiscalizar la prestación de los servicios de saneamiento, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario.
Se entiende por Servicio de Saneamiento, a aquel servicio que se ocupa del abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario y disposición sanitaria de excretas, este servicio deberá aplicar una serie de tecnologías, métodos y procedimientos universalmente aceptados para obtener el máximo beneficio