Organismos Reguladores(Perú)
Los Organismos Reguladores en el Perú
La LeyN° 27332 publicada el 29 de julio del 2000, "Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos", establece la naturaleza de los organismos reguladores, su ámbito de aplicación, sus facultades, así como, el financiamiento de los mismos. Se asignan a los organismos reguladores las funciones de supervisión, regulación, fiscalización y sanción, normativa, solución de controversias y reclamos.
¿Para que sirven los reguladores?
Para la inversión:
• Credibilidad y sostenibilidad
• Protección de las inversiones: regulación monopolios
• Promover la competencia
• Supervisión independiente
Para los consumidores:
• Protección normativa
• …ver más…
Es un organismo público, descentralizado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera. Tiene como objetivo general regular, normar, supervisar y fiscalizar, dentro del ámbito de su competencia, el comportamiento de los mercados en los que actúan las entidades prestadoras, así como el cumplimiento de los contratos de concesión, protegiendo en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario. INDECOPI
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI): tiene su origen en el Decreto No. 25868 del 06-11-92. Es un organismo público descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. Cuenta con autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa. Busca proteger el mercado de las prácticas monopólicas que resulten controlistas y restrictivas de la competencia, la calidad de los productos y los derechos de propiedad intelectual.
OSIPTEL
Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL): creado mediante el Decreto Supremo No. 013-93-TCC del 06-05-93. Es un organismo público con autonomía técnica, económica, financiera, funcional y administrativa. Es dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros. Tiene potestades normativas y reguladoras, correctivas, sancionadoras y de solución de controversias.