Principios internacionales
La asistencia judicial presupone la apertura de un procedimiento en el Estado requirente. Con arreglo a la Ley nacional sobre asistencia judicial, el país de Suiza podrá conceder asistencia judicial a todos los países.
En caso de que no se hubiera concluido ningún acuerdo entre Suiza y el Estado requirente, la asistencia judicial sólo podrá concederse si el Estado requirente garantiza la reciprocidad.
Al ejecutar el pedido de asistencia judicial, será posible ordenar medidas coercitivas cuando la descripción de los hechos expuesta en el pedido corresponde con los elementos de una infracción reprimida por el derecho suizo (principio de doble incriminación). El secreto bancario no es, pues, …ver más…
El procedimiento de asistencia judicial deberá permitir que se lleve a término el procedimiento penal en el Estado requirente. A tales efectos, deberán serle remitidos todos los documentos cuya relación con las sospechas emitidas en ese Estado no esté en principio excluida.
Los objetos y valores que constituyan el producto de una infracción (productum sceleris) podrán ser remitidos al tribunal extranjero para su confiscación, o a la autoridad extranjera competente para su restitución al derechohabiente. Por regla general, deberá haber sido 4/6 dictada una resolución definitiva y ejecutoria por un tribunal penal, civil o administrativo del Estado peticionario. Excepcionalmente es posible renunciar a esta exigencia cuando, como por ejemplo en el caso Abacha, no haya dudas sobre el origen delictivo de los haberes.
3. El procedimiento de asistencia judicial en Suiza
Vías de transmisión
Los pedidos de asistencia judicial podrán ser presentados en Suiza de diferentes formas :
• Los Estados miembros del Convenio Europeo de Asistencia Mutua Judicial dirigirán su pedido, directamente o a través de su Ministerio de Justicia, a la Oficina Federal de Justicia (OFJ).
• La vía diplomática será inevitable cuando no exista tratado. La OFJ es la encargada de recibir los pedidos de la representación en Suiza del Estado requirente.