Practica 1
Derechos Reales II
Unidad I : Actividad Individual. Caso Práctico Sobre Usufructo.
Parte 1ª
A es titular del usufructo vitalicio de la finca el Rincón dedicada al cultivo de árboles frutales. En febrero de 2005, decide destinar la finca a la cría de ganado vacuno, procediendo para ello a desarraigar los frutales, al efecto de permitir el crecimiento de los pastos para el ganado.
B, nudo propietario, se opone a ello instado a A para que se abstenga de continuar con el desarraigo de árboles frutales.
¿Debe A atender a los requerimientos de B?
El art. 467 CC dice del usufructo que da derecho a disfrutar de un bien ajeno con la obligación de conservar su forma y sustancia. Introduce como excepción a dicha …ver más…
¿Debe B abstenerse de proceder a la instalación? ¿Puede obligar a A a pagar el coste de la instalación?
En este caso, y según dispone el art. 503 CC, el propietario podrá hacer las obras y mejoras que considere oportunas en la finca, siempre y cuando no perjudique el derecho del usufructuario ni disminuya el valor del usufructo. Podemos afirmar que B no deberá abstenerse de realizar la instalación, si bien, a la luz del art. 500 CC “El usufructuario está obligado a hacer las reparaciones ordinarias que necesiten las cosas dadas en usufructo”. Esto quiere decir que será B quien haga frente al coste de la instalación.
En la sentencia adjunta a esta parte se desestima el recurso de una usufructuaria que quiere impedir unas obras que el propietario de la finca quiere realizar, fundamentándose en parte dicha sentencia en lo dispuesto en el art. 503 CC.
Audiencia Provincial de Madrid, Sección 9ª, Sentencia 116/2014 de 6 Mar. 2014, Rec. 740/2012
Parte 3ª
A es titular del usufructo vitalicio de una vivienda en la calle Mayor y procede a celebrar contrato de arrendamiento con C el 1 de enero de 2002 por importe de 600 euros al mes. Enterado en febrero de 2003 B, nudo propietario, de tal arrendamiento insta a A para que proceda a su inmediata resolución.
¿Debe A atender a lo instado por B? ¿Podrá resolver el contrato?
Una de las facultades de disposición que se reconocen al usufructuario es la de