Planilla de salarios
Es un documento en el cual se listan todos los empleados y obreros de una entidad comercial, industrial o de servicios, con sus ingresos, egresos y líquido devengado, ya sea semanal, quincenal o mensualmente.
Todo patrono está obligado a llevar planillas o recibos de pago en que consten, según el caso, los salarios ordinarios y extraordinarios devengados por cada trabajador; las horas ordinarias y extraordinarias laboradas en jornadas diurnas o nocturnas; y los días hábiles de asueto y de descanso en que laboren. También constarán los salarios que en forma de comisión se hayan devengado y toda clase de cantidades pagadas. Artículo 138 parte primera, Código de Trabajo (CT).
En la planilla mensual debe …ver más…
En Salvador 3 y 5 de agosto y el día principal de la festividad más importante del lugar en el resto de la república (Art. 190 – 195 CT).
El trabajador tiene derecho a aguinaldo.
El patrono está obligado a pagar una prima anual en concepto de aguinaldo, cuando el trabajador tuviere un año o más de estar a su servicio.
El aguinaldo deberá pagarse entre el doce y el veinte de diciembre.
Los trabajadores que al día doce de diciembre no tuvieren un año de servir a un mismo patrono, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo laborado de la cantidad que les habría correspondido si hubieren completado un año de servicios a la fecha indicada.
La cantidad mínima que deberá pagarse al trabajador como prima en concepto de aguinaldo será:
Salario de 10 días, para quien tuviere de 1 a menos de 3 años de servicio.
Salario de 15 días, para quien tuviere de 3 a menos de 10 años de servicio.
Salario de 18 días, para quien tuviere 10 años o más de servicio. (Art. 192 – 202 CT)
El trabajador tiene derecho a indemnizaciones.
Cuando un trabajador contratado por tiempo indefinido es despedido, tiene derecho a un salario básico de 30 días por cada año de servicio y proporcionalmente por fracciones de año.
La indemnización no puede ser menos al salario de 15 días.
La indemnización no puede ser mayor que 4 veces el salario mínimo vigente (Art. 58 – 60 CT)
Los empleadores tienen la obligación de dar aportes