Organizacion del estado colombiano
En Colombia, el concepto de sociedad civil como ámbito de la sociedad diferente al Estado, ha sido puesto en boga en los últimos años, muy especialmente a partir de la promulgación de la Constitución de 1991.
En el marco contextual de la sociedad postmoderna, la participación activa y la crítica se constituyen en herramientas que identifican el modo de proceder de la sociedad civil como una prerrogativa y un derecho de los ciudadanos libres y una atribución que garantiza el estado social de derecho para su propia preservación. Pero también el derecho de réplica es un espacio consagrado a favor de quien es criticado, como un mecanismo civilizado de avanzar en la verdad, conservando la razón y la cordura; su práctica y la forma de encarar en público la evaluación de los resultados de la gestión y los problemas de la administración, bien podrían abrir espacio a una forma interesante de democracia deliberativa que se puede implantar como aplicación de los distintos mecanismos de participación contemplados en el artículo 40 de la Carta Política de los colombianos.
La Constitución Política de Colombia, trata plasmar el concepto del Estado Social de Derecho con primacía de la persona humana sobre cualquier otra consideración estableciendo una serie de mecanismos que como declaración de