Obligaciones Correales
Como ya hemos dicho, en las obligaciones correales o solidarias encontramos otro caso de obligaciones con sujetos múltiples.
Si se trata de varios acreedores, hablamos de correalidad o solidaridad activa; si de varios deudores, de correalidad o solidaridad pasiva y si de varios acreedores y varios deudores a la vez, hablamos de correalidad o solidaridad mixta.
En las obligaciones correales o solidarias, a diferencia de lo que sucede con las mancomunadas, cada acreedor tiene derecho al crédito integro o a cada deudor debe pagar la deuda en su totalidad. El pago efectuado por uno de los deudores extingue la obligación y libera a los demás. El que pagó puede a su vez cobrar a los otros codeudores la …ver más…
Ahora bien, como el tercero no interviene en la celebración del contrato, corresponde al estipulante y al promitente, que sí intervienen, modelar el derecho del tercero como mejor les parezca, en punto a su contenido y alcance. La única limitación que tienen es que el derecho del tercero debe constituir para éste un beneficio neto
-Cesión de trabajo
Este procedimiento no carecía, sin embargo, de inconvenientes: antes de la litis contestatio el mandante podía cobrar válidamente al deudor, también podría perdonar la deuda, conceder una prórroga o revocar el mandato y si moría el negocio quedaba extinguido.
Para remediar las anteriores situaciones se establecieron diversas medidas:
En primer término, a través de la denuntiatio o notificación que el cesionario debía hacer al deudor, en el sentido de que había adquirido el crédito; el pago que este último hiciera al cedente no tendría efecto liberatorio.
En segundo lugar, el cesionario podía, mediante la actio doli, pedir una indemnización al cedente que de mala fe hubiera revocado el mandato, perdonado la deuda o concedido una prórroga al deudor.
Por último, se estableció que en caso de muerte del cedente no se extinguieran los derechos del cesionario.
Más adelante y en algunos casos determinados, se le otorga una acción útil al cesionario para que pueda proceder en contra del deudor, esta acción fue admitida ampliamente por Justiniano.
De esta manera se facilitó el libre comercio de