Normatividad informatica
1.2.1
B. IDENTIFICACIÓN DE NORMATIVAS,
DELITOS Y/O FALTAS ADMINISTRATIVAS -APLICABLES AL EQUIPO DE CÓMPUTO.
Normativas aplicadas al equipo de cómputo
Articulo 2.- De la responsabilidad
I. Por cada equipo de cómputo, habrá un servidor público responsable, quién deberá observar las disposiciones de esta normatividad, auxiliado por el administrador de la unidad informática, quién a su vez es responsable directo, de todos los bienes informáticos que por función le corresponda administrar;
Tanto los responsables como los administradores de unidades informáticas, deberán verificar los equipos de cómputo con objeto de constatar el cumplimiento escrupuloso la normatividad establecida en el …ver más…
Artículos 367 al 370 del Código Penal Federal relativo al Robo de equipo
Artículo 367
Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley.
Artículo 368
Se equiparan al robo y se castigarán como tal:
I.- El apoderamiento o destrucción dolosa de una cosa propia mueble, si ésta se halla por cualquier título legítimo en poder de otra persona y no medie consentimiento; y
II.- El uso o aprovechamiento de energía eléctrica, magnética, electromagnética, de cualquier fluido, o de cualquier medio de transmisión, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos.
Artículo 368 Bis
Se sancionará con pena de tres a diez años de prisión y hasta mil días multa, al que después de la ejecución del robo y sin haber participado en éste, posea, enajene o trafique de cualquier manera, adquiera o reciba, los instrumentos, objetos o productos del robo, a sabiendas de esta circunstancia y el valor intrínseco de éstos sea superior a quinientas veces el salario.
Artículo 368 Ter
Al que comercialice en forma habitual objetos robados, a sabiendas de esta circunstancia y el valor intrínseco de aquéllos sea superior a quinientas veces el salario, se le sancionará con una pena de prisión de seis a trece años y de cien a mil días multa.
Artículo 368 quáter
Al que