Normas ucp 500
REGLAS Y USOS UNIFORMES RELATIVOS A CRÉDITOS DOCUMENTARIOS REVISIÓN 1993. PUBLICACIÓN 500
Artículo 1. Ámbito de Aplicación de las Reglas y Usos Uniformes (R.R.U.U. 500) Las presentes Reglas y Usos Uniformes relativos a Créditos Documentarios, revisión 1993, publicación nº 500 de la CCI, son de aplicación a todos los créditos documentarios (incluyendo las Cartas de Crédito “Standby”, en la medida en que sea aplicable), siempre que así se establezca en el texto del Crédito. Obligan a todas las partes intervinientes, a menos que expresamente se estipule lo contrario en el Crédito.
Artículo 2. Definición de Crédito A efectos de los presentes artículos, las expresiones “Crédito/s Documentario/s” y “Carta/s de Crédito …ver más…
Si el banco decide no avisar del Crédito, deberá informar de su decisión, sin demora, al Banco Emisor. b) Si el Banco Avisador no puede establecer la aparente autenticidad del Crédito, informará sin demora de ello al Banco del que parece haber recibido las instrucciones y si, no obstante, decide avisar el Crédito, informará al Beneficiario de que no le ha sido posible establecer la autenticidad del Crédito.
Artículo 8. Revocación del Crédito a) El Crédito revocable puede ser modificado o cancelado por el Banco Emisor en cualquier momento y sin previo aviso al Beneficiario b) Sin embargo, el Banco Emisor está obligado a: i) Reembolsar otro Banco, en el que el Crédito revocable sea disponible para pago a la vista, aceptación o negociación, de cualquier pago, aceptación o negociación contra documentos aparentemente conformes con los términos y condiciones del Crédito, realizados por tal Banco con anterioridad a la recepción por su parte de la notificación de modificación o cancelación. ii) Reembolsar a otro Banco, en el que el Crédito revocable sea disponible para pago diferido, si tal Banco ha tomado documentos, aparentemente conformes con los términos y condiciones del Crédito, con anterioridad a la recepción por su parte de la notificación de modificación o cancelación.
Artículo 9. Obligaciones de los Bancos Emisor