Mayor
BOJA núm. 223
Página núm. 27
CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
ORDEN de 10 de noviembre de 2010, por la que se modifica la de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La puesta en marcha de la Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha supuesto un reto para todos, por cuanto unifica el servicio como prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios en el ámbito del Sistema Público de Servicios Sociales y como prestación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Se evita, por tanto, la creación de un …ver más…
Por ello, se prevé que las Corporaciones Locales que hasta la fecha tengan un convenio de colaboración en esta materia, suscriban una Adenda al mismo, cuyo modelo figura como Anexo de esta Orden. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a las Drogodependencias y en el uso de las facultades que me confiere el artículo 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, DISPONGO Artículo único. Modificación de la Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, queda modificada como sigue: Uno. El apartado a) del artículo 7 queda redactado en los siguientes términos: «a) Grado y nivel de dependencia reconocido en la resolución emitida por la persona titular de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejería competente en materia de servicios sociales.» Dos. Se modifica el título del artículo 9 y queda redactado como sigue: «Artículo 9. Régimen de compatibilidad e intensidad del servicio. 1. Para la prescripción del Servicio de Ayuda a Domicilio como un recurso idóneo de atención se considerarán todos los servicios o las prestaciones que reciba la persona y su unidad de convivencia. La intensidad del mismo estará en función del número de personas de la unidad de convivencia a