Los mitos del sol
134 del RIDAN):
1. La identificación de quienes lo proponen
2. Los criterios generales que se siguieron para su formulación
3. Los objetivos que se espera alcanzar
4. La explicación, alcance y contenido de las normas propuestas
5. El impacto presupuestario e incidencia económica referidos a la aprobación de la ley o, en todo caso, el informe previo de la Oficina de Asesoría Económica de la Asamblea Nacional.
6. Informe sobre los procesos de consulta realizados durante la formulación del proyecto, si los hubiere
Presentación de la Iniciativa de Ley: Conforme lo establecido en el párrafo anterior, los funcionarios de los Poderes del Estado y Organismos Estatales, así como los ciudadanos presentan su iniciativa de ley ante la Secretaría de la Asamblea Nacional, quien a través de su personal administrativo la recibe con su correspondiente exposición de motivos que consiste en los objetivos generales y fundamentos de proponer una ley que será conocida, discutida y aprobada por la Plenario en su caso.
Comprobación del cumplimiento de los requisitos de ley de la iniciativa presentada: La Secretaría al recibir el proyecto lo remite a la Junta Directiva, instancia que tiene la responsabilidad a través del personal asistente técnico de examinar los documentos presentados con la iniciativa de ley y constatar si cumplen con los requisitos establecidos en la Constitución y el