La obligatoriedad de los fallos de la corte suprema de justicia
La Doctrina de la Corte El necesario acatamiento de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante, CSJN) por los jueces inferiores se ha respaldado en diversos fundamentos, los cuales fueron expuestos por la misma Corte en numerosas oportunidades. Así, presentándolo como un deber moral ha fallado: “hay un deber moral para los jueces inferiores en conformar sus decisiones como la misma Corte lo tiene decidido en casos análogos a los fallos de aquel Alto Tribunal”[1]. En el caso “Santín , Jacinto I.”[2] el tribunal, haciendo hincapié en el carácter institucional del deber de sometimiento, expresó que “que la prescindencia pura y simple de los …ver más…
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Desde otra perspectiva, encontramos razones de economía procesal que sugieren la prevalencia de la doctrina de la CSJN. Los principios de economía y celeridad procesal se ven afectados si el tribunal inferior falla en concordancia con el fallo plenario y en oposición a la interpretación de la CSJN, ya que en última instancia, la cuestión podría someterse a conocimiento de la Corte, quién terminaría aplicando la doctrina de la cual se apartó el tribunal inferior. Esto es posible desde que el marco del recurso extraordinario se vio ampliado por la misma CSJN, al admitir como causal la arbitrariedad de la sentencia. A mayor abundamiento, citamos:
“Se debe aclarar que la obligatoriedad de la doctrina derivada del fallo plenario nace exclusivamente por voluntad del legislador y el campo de obligatoriedad tiene la característica de ser horizontal ("entre pares") y vertical ("para inferiores"), (…) en nada obliga a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que, frente a este Tribunal, el análisis de la doctrina plenaria no acarrea privilegio o tratamiento especial, como tampoco condicionamiento alguno para la resolución definitiva.”[8]
El respeto de la jurisprudencia de la CSJN puede apoyarse en la necesidad de seguridad jurídica, conducente