Justicia social y discriminacion social
Registro Civil. Es la institución que con carácter de servicios administrativos, tiene a su cargo la inscripción de los hechos afectantes al estado de las personas, para que públicamente conste la versión oficial sobre la existencia, estado y condición civil de cada individuo. Organización del Registro Civil. De acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica de Registro Civil. La organización, dirección, actualización, funcionamiento, supervisión y formación de Registro Civil es competencia exclusiva del Consejo Nacional Electoral, por órgano de la Comisión de Registro Civil y Electoral, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República y en la presente …ver más…
art. 452). g. Si después de cerrados los libros, quien los lleva recibe partidas que debían insertarse en ellos, hará la inserción en los libros nuevos; y avisará inmediatamente al Juez de Primera Instancia, a quien enviará en la misma oportunidad la partida que sirvió de original (C.C. art. 454). Como se observa esta disposición no se refiere al caso de que se trate de redactar una partida, sino al caso de que una vez redactada sea necesario por mandato de la ley insertarla en otros libros. h. Los funcionarios que hayan autorizado cualquier acto jurídico que se refiera a partidas constantes en los libros del Registro Civil, ,y que deba insertarse o anotarse en ellos, darán aviso al Juez de Primera Instancia del lugar en que debe hacerse la inserción o anotación (C.C. art. 455). Valor Probatorio de las Actas. El valor probatorio de las partidas debidamente registradas está determinado por tres reglas legales (C.C. art. 457). Respecto de los actos presenciados por la autoridad, las partidas tienen carácter de prueba auténtica. En consecuencia, mientras no sean declaradas falsas, hacen plena fe erga omnes: a. De los hechos que el Funcionario declara haber efectuado, si tenía la facultad de efectuarlos. b. De los hechos que el funcionario declara haber visto u oído, si tenía