Guia
Cuando se trate de juicios promovidos por el mismo actor contra el mismo demandado, en los que se reclaman las mismas prestaciones. Según la doctrina procesal, en este caso la acumulación traerá como consecuencia que las actuaciones realizadas en el expediente que se acumula queden sin efecto, y se resuelve lo actuado en el más antiguo.
Ésta hipótesis se presenta en la realidad con cierta frecuencia ya que a veces el autor promueve por sí mismo y después, consciente de la necesidad de una asesoría, lo hace de nuevo, reclamando las mismas prestaciones, através de un abogado al que otorga poder. Puede suceder también que un mismo actor promueva a través de diversos apoderados.
II. Cuando sean las mismas partes, aunque las prestaciones sean distintas, pero derivadas de una misma relación de trabajo.
Se trata de una acumulación por razones subjetivas: identidad de partes, aunque las prestaciones sean diferentes es decir exista disparidad de objetos, siempre y cuando deriven de una misma relación de trabajo es decir exista identidad de causa.
III. Cuando se trate de juicios promovidos por diversos actores contra el mismo demandado, si el conflicto tuvo su origen en el mismo hecho de la relación de trabajo.
En este supuesto se trata de una pluralidad de partes, sin que se precise si hay unidad de pretensiones, con la única