Formato Mercantil, Contestacion a Excepciones
PRESENTE.
_______________________________ por mi propio derecho, promoviendo en el expediente que al rubro indico, con la calidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante usted, con el debido respeto comparezco, como mejor proceda en derecho para exponer:
Que estando dentro del término de tres días, vengo a desahogar la vista que se me mando dar por auto de fecha once de junio del año en curso, con las excepciones y defensas expuestas por el demandado en su escrito de contestación, realizándolo de la siguiente forma:
DEFENSA A LA CONTESTACION DEL CAPITULO DE PRESTACIONES DEL DEMANDADO.
El suscrito demandado acepta en su contestación al capítulo de prestaciones …ver más…
SON PRUEBA PRECONTITUIDA, Y ES AL DEMANDADO A QUIEN CORRESPONDE PROBAR SUS EXCEPCIONES.
El pagare tiene el carácter de titulo ejecutivo, y constituye una prueba pre constituida de la acción, pues el propio documento contiene la existencia del derecho, define al acreedor y al deudor, y determina la prestación cierta, liquida y exigible de plazo y condiciones cumplidos, como pruebas todas ellas consignadas en el titulo; en tal virtud, es al demandado a quien corresponde probar sus excepciones.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 508/99. Aurelio Flores Delgado. 7 de junio de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: Edith Alarcón Meixueiro.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo IV, Materia Civil, página 266, tesis 389, de rubro. 2.- En cuanto a la improcedente excepción que pretende hacer valer el demandado que deriva del artículo 8 de la Ley General de Títulos y Operaciones Crédito en su fracción VIII la misma es improcedente e inoperante toda vez que el mismo artículo nos menciona que la quita o pago parcial deben constar en el texto mismo del documento, el cual no existe en ninguna parte del mismo. Así mismo el artículo 174 que nos establece la aplicación de los artículos 129 y 130, entre otros, de la misma Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en cuanto a las formas de pago; nos establece que en cuanto al pago