Etapas Del Proceso Laboral En Honduras
En el presente informe daremos a conocer LAS ETAPAS DEL PROCESO LABORAL de nuestro país, la cual se divide en AUDIENCIAS que se denominan de Conciliación, de Tramite y de Juzgamiento; dando a conocer el objeto, propósito y concepto de cada una de ellas aclarando cada uno de los pasos que se llevan a cabo de inicio a fin en todo el proceso.
Audiencias
Las Audiencias son:
a.- De Conciliación
b.- De trámite
c.- Juzgamiento
Audiencia de Conciliación
El acto de conciliación es la comparecencia de los interesados ante el respectivo funcionario conciliador, con el propósito de obtener un acuerdo amistoso, evitando la iniciación del litigio que uno proyectare o que prosiga el apresuramiento del juicio.
¿Qué puede …ver más…
1.-El Demandante tiene la oportunidad de aclarar, corregir o enmendar su demanda.
2.-El Demandado puede proponer excepciones
3.-El demandante y demandado pueden proponer los incidentes que consideren pertinentes
4.-El Juez decretará la práctica de las pruebas solicitadas por las partes.
El artículo 757 del Código del Trabajo señala: “En cualquier momento en que las partes manifiesten o el Juez considere que el acuerdo no es posible, declarará clausurada la conciliación. Acto seguido y en audiencia de trámite decretará las pruebas que fueren conducentes y necesarias, señalará día y hora para nueva audiencia de trámite, que habrá de celebrarse dentro de los cinco (5) días siguientes, extenderá las órdenes de comparendo que sean del caso, bajo los apremios legales, y tomará todas las medidas necesarias para la práctica de dichas pruebas”.
Audiencia de Tramite
El artículo 758 del Código del Trabajo no dice en que forma ni en que momento procesal deben formularse las alegaciones, pues el artículo se limita a señalar el Juez oirá las alegaciones de las partes.
Una vez formuladas las alegaciones el Juez debe CLAUSURAR EL DEBATE.
Audiencia de Juzgamiento
Se llama así a aquella audiencia en que se pronuncia la sentencia definitiva, ya se trate de primera instancia, de segunda instancia o de la sentencia de casación, cuando el Tribunal Supremo actúe en sede de instancia.
El artículo 759 del Código del Trabajo establece: “Clausurado el debate, el Juez podrá