Embargo (derecho procesal mercantil mexico)
El embargo es la declaración judicial por la que se afectan, determinados bienes o derechos de contenido o valor económico, para hacer cumplir sobre ellos una obligación pecuniaria ya declarada (embargo ejecutivo) o que previsiblemente se va a declarar en una sentencia futura Ante la posibilidad de que el condenado al pago de la obligación pecuniaria se oponga al cumplimiento de la condena, las autoridades judiciales tienen la potestad de ordenar el embargo de sus bienes presentes y futuros con la finalidad de hacer frente a los pagos. En el caso de bienes no monetarios, se deberán liquidar previamente mediante subasta pública.
Es posible que una parte de los bienes de un deudor no puedan ser embargados por motivos legales. …ver más…
Cometerá el delito de desobediencia el ejecutado que transmita el uso del bien embargado sin previa autorización judicial.
ARTÍCULO 1396
Artículo 1396. Hecho el embargo, acto continuo se notificará al deudor, o a la persona con quien se haya practicado la diligencia para que dentro del término de ocho días, el que se computará en términos del artículo 1075 de este Código, comparezca el deudor ante el juzgado a hacer paga llana de la cantidad demandada y las costas, o a oponer las excepciones que tuviere para ello.
CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
ARTÍCULO 434
NO SON SUSCEPTIBLES DE EMBARGO:
I.- Los bienes que constituyan el patrimonio de familia, desde su inscripción en el registro público de la propiedad;
II.- El lecho cotidiano, los vestidos y los muebles de uso ordinario del deudor, de su cónyuge o de sus hijos, no siendo de lujo;
III.- Los instrumentos, aparatos y útiles necesarios para el arte u oficio a que el deudor este dedicado;
IV.- La maquinaria, instrumentos y animales propios para el cultivo agrícola, en cuanto fueren necesarios para el servicio de la finca a que estén destinados, a efecto de lo cual oirá, el tribunal, el informe de un perito nombrado por el, a no ser que se embarguen juntamente con la finca;
V.-