El cerrejon
Artículo 715: del código civil ecuatoriano; definición de posesión: posesión es la tenencia de una cosa determinada con el ánimo de dueño y señor, sea que el dueño o el que se de por dueño tenga la cosa por si mismo.
Vicio según el diccionario real de la lengua española: lo define como algo inefectivo o disoluto.
Vicio según el diccionario jurídico de Guillermo Cabanellas de Torres: lo define como el defecto que anula o invalida un acto o contrato sea de fondo o forma. Introducción histórica al vicio de posesión:
La posesión es tan antigua como la existencia de vida en nuestro planeta; ya que aun en los animales se conservas ese instinto posesivo de sus ancestro, un …ver más…
2) Y es lo mismo que la violencia se ejecute por la persona interesada por los agentes de la misma.
Algunos tratadistas sostienen que la posesión deja de ser viciosa desde que termina la fuerza para retener la posesión, acto seguido, que el que se cree poseedor puede impugnarse su dominio y posesión.
POSESION VICIOSA CLANDESTINA: se opone a lo público, significa algo oculto o hechos ocultos, con el propósito de no aparecer o permanecer inadvertido.
Artículo 728: posesión clandestina es la que se ejerce ocultándolo a los que tienen derechos a oponerse a ella.
En el proyecto 1853 contenía un artículo explicativo que se suprimió y decía: la clandestinidad se refiere al tiempo de adquirirse la posesión, el que no la adquirió clandestinamente pero después la oculto, recelando que se disputase no es poseedor clandestino, por el contrario el que la adquirió en la clandestinidad y después da conocimiento de ella a la persona que pudiera reivindicarla, no deja de ser poseedor clandestino.
De la comparación actual del articulo 728 y del suprimido del proyecto 1853, se llega a la conclusión de que el pensamiento de de Bello y el sentido indiscutible de la ley coincidan en afirmar el carácter relativo de la