Ejecución de la sentencia extranjera en panamá
Uno de los principios fundamentales del derecho procesal es que este pertenece al derecho público, por lo tanto es un derecho territorial. De manera que una sentencia extranjera debe ajustarse al derecho territorial, de acuerdo al principio que rige el Derecho Procesal.
Con relación a este tema se plantean una serie de posiciones doctrinales que intentan fundamentar la ejecución de una sentencia extranjera:
1. La teoría territorialista: niega la ejecución de sentencia extranjera; porque dentro del Estado la única autoridad que puede emitir fallos legales, es la facultada legalmente para ello por la propia organización Estatal. Para esta teoría la sentencia, si no proviene del Órgano …ver más…
Dice el artículo 1409 que la sentencia extranjera será ejecutable en Panamá si cumple con la ley panameña.
El artículo 1409 señala los procedimientos del trámite para la ejecución de sentencia y fallo; mientras que el Numeral 2 del artículo 101 del Código Judicial señala quien tiene competencia para conocer o declarar la ejecución o no de tales fallos.
Se menciona también, que de no existir tratado no se ejecutara sentencia que provenga de países donde, no se ejecute sentencia panameña.
* Requisitos
El párrafo cuarto del artículo 1409 establece los requisitos que exige Panamá para que una sentencia sea ejecutable en su territorio: * Que la sentencia trate de pretensiones personales con excepción de la sucesión abierta en país extranjero. * En el Numeral 2 del artículo 1409 del Código Judicial se hace referencia a los requisitos de forma. El cual señala que para que sea ejecutable en Panamá una sentencia extranjera esta no debe haber sido dictada en rebeldía, quiere decir, que la misma debe haber sido notificada personalmente. * Que la obligación que trate la sentencia sea licita en Panamá. * Que la sentencia sea autenticada por el Cónsul panameño o en su defecto por el de una nación amiga. * Será ejecutable si contra la misma no existe ningún recurso. * El artículo 1410 señala el procedimiento a seguir dentro de la Corte Suprema de Justicia, que en síntesis es el siguiente: Una vez