Contrato de cesión de uso
6.2.) EL PROPIETARIO deberá comunicar a LA COOPERATIVA si el VEHICULO adolece de algún desperfecto mecánico. 6.3.) EL PROPIETARIO se compromete a regularizar y/o sanear la situación en la cual se encuentre su VEHÍCULO respecto de las infracciones al Reglamento de Tránsito y Transporte que se encuentren pendientes de pago. 6.4.) EL PROPIETARIO se compromete a entregar el vehículo en perfectas condiciones de operatividad, debiendo contar con su respectivo Certificado de Inspección Técnica Vehicular. 6.5.) Que, el VEHICULO cuente con todos los implementos y accesorios de seguridad. 6.6.) Comunicar a LA COOPERATIVA cualquier modificación (datos del vehículo, transferencias, etc), participación en accidentes de tránsito, bajo responsabilidad. 6.7.) La custodia del VEHÍCULO será de responsabilidad de EL PROPIETARIO debiendo asumir los gastos que involucre su guardianía o depósito, en horarios que no estén prestando el servicio de transporte de pasajeros en la ruta autorizada. CLÁUSULA SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LA COOPERATIVA 7.1.) LA COOPERATIVA acuerda incluir dentro de su Flota Autorizada al VEHÍCULO de EL PROPIETARIO con la finalidad de brindar el servicio de transporte público regular de pasajeros en la RUTA NM-“35”, autorizada por la Gerencia Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 7.2) LA COOPERATIVA está obligada a controlar y mantener vigente la póliza de seguros frente a terceros así como