Contrato De Fianza
La fianza es un contrato en virtud del cual una persona, llamada fiador, se compromete con un acreedor a pagar por un deudor en caso de que este no lo haga. La anterior definición se basa en el artículo 2794 del código civil. Rojina Villegas, en su obra “derecho civil mexicano”, define el contrato, cuyo estudio nos ocupa, en los términos siguientes: “contrato accesorio por el cual una persona se compromete con el acreedor, a pagar por el deudor, la misma prestación o una equivalente inferior, en igual o distinta especie, si este no lo hace”.
CARACTERÍSTICAS
La fianza es un contrato:
Accesorio: porque no existe por si mismo, sino que depende de una relación preexistente entre un deudor y un acreedor, salvo algunas …ver más…
También quedara libre de su obligación el fiador cuando el acreedor, sin causa justificada, deje de promover por mas de 3 meses, en el juicio entablado con el deudor”.
Y el segundo expresa: “si la fianza se ha otorgado por tiempo indeterminado tiene derecho el fiador, cuando la deuda principal se vuelva exigible, de pedir al acreedor que promueva judicialmente dentro del plazo de un mes el cumplimiento de la obligación. Si el acreedor no ejercita sus derechos dentro del plazo mencionado, o si en el juicio entablado deja de promover, sin causa justificada, por mas de 3 meses, el fiador queda libre de su obligación”.
Prescripción
La prescripción a favor del deudor principal aprovecha siempre a sus fiadores y la interrupción, respecto al deudor principal, produce también la interrupción de la prescripción de la fianza.
Los beneficios de orden y exclusión
Estos se fundan en razón de la accesoriedad de la fianza (Art. 2814, 2815, 2817, 2818, 2819, 2821, 2822 y siguientes del CCDF.
ELEMENTOS ESENCIALES
Consentimiento
El consentimiento sigue las reglas generales relativas a su formación.
El acuerdo de voluntades se presenta entre el acreedor y el fiador cunado el fiador se muestra conforme en pagar por el deudor, si este no lo hace, y el acreedor esta de acuerdo con dicha manifestación. No