Conflictos musulmanes e hindues
La carpeta básica es el conjunto de documentos en los que se establece la creación o constitución o ampliación de ejidos o el reconocimiento de comunidades o la restitución de tierras a una comunidad, ya sean por resolución presidencial o por sentencia de los tribunales. Ese conjunto de documentos sirven para comprobar que un ejido y/o sus ampliaciones o la comunidad están legalmente constituidos. Todas los documentos que integran la carpeta básica, deben de estar inscritos en el registro Agrario Nacional. * Resolución Presidencial (para los Ejidos y Comunidades constituidos o reconocidos antes de 1992).-
Documento en donde el Ejecutivo Federal reconoce y asigna a un núcleo de población el total de …ver más…
división del ejido o su fusión con otros ejidos; xii. terminación del régimen ejidal cuando, previo dictamen de la procuraduría agraria solicitado por el núcleo de población, se determine que ya no existen las condiciones para su permanencia; xiii. conversión del régimen ejidal al régimen comunal; xiv. instauración, modificación y cancelación del régimen de explotación colectiva; y xv. los demás que establezca la ley y el reglamento interno del ejido
¿Quién convoca la Asamblea?
En el Artículo 24 de la Ley Agraria, se establece que la Asamblea podrá ser convocada por: * El Comisariado Ejidal; por iniciativa propia o si así lo solicitan al menos veinte ejidatarios o el veinte por ciento del total de integrantes del núcleo de población ejidal. * El Consejo de Vigilancia; por iniciativa propia o si así lo solicitan al menos veinte ejidatarios o el veinte por ciento del total de integrantes del núcleo de población ejidal. * La Procuraduría Agraria; a petición de los mismos ejidatarios, cuando el comisariado o el consejo no lo hicieren en un plazo de cinco días hábiles a partir de la solicitud hecha por los mismos ejidatarios.
Cuando debe celebrarse la asamblea?
Artículo 25.- la asamblea deberá celebrarse dentro del ejido o en el lugar habitual, salvo causa justificada. Para ello, deberá expedirse convocatoria con no menos de ocho días de anticipación ni más de quince, por medio de cedulas fijadas en los lugares más visibles del ejido. En la