Comentario Del Articulo 2054 Del Codigo Civil
ARTICULO 2054:
La Corte Suprema está autorizada para absolver las consultas que le formule un tribunal extranjero, por la vía diplomática, sobre puntos de derecho nacional.
ANTECEDENTES NORMATIVOS:
Este artículo tiene como antecedente inmediato el art. XIII del Título Preliminar del C.C. de 1936, el cual vemos que se reproduce íntegramente en el art. 2054 del C.C. vigente.
CONCORDANCIAS:
Código Civil
Artículo VI.- Interés para obrar
Para ejercitar o contestar una acción es necesario tener legítimo interés económico o moral.
El interés moral autoriza la acción sólo cuando se refiere directamente al agente o a su familia, salvo disposición expresa de la …ver más…
Art. 403.-
La fuerza ejecutiva de un documento se subordina al derecho local.
Art. 404.-
La capacidad de los testigos y su recusación depende de la ley a que se someta la relación de derecho objeto del juicio.
Art. 405.-
La forma del juramento se ajustará a la ley del Juez o tribunal ante quien se preste y su eficacia a la que rija el hecho sobre el cual se jura.
Art. 406.-
Las presunciones derivadas de un hecho se sujetan a la ley del lugar en que se realiza el hecho de que nacen.
Art. 407.-
La prueba indiciaria depende de la ley del Juez o Tribunal.
Reglas especiales sobre la prueba de leyes extranjeras
Art. 408.-
Los jueces y tribunales de cada Estado contratante aplicarán de oficio, cuando proceda, las leyes de los demás sin perjuicio de los medios probatorios a que este capítulo se refiere.
Art. 409.-
La parte que invoque la aplicación del derecho de cualquier Estado contratante en uno de los otros, o disienta de ella, podrá justificar su texto, vigencia y sentido, mediante